LaLey 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andaluc铆a, en el marco de las competencias propias de la Comunidad Aut贸noma de Andaluc铆a, y tras el ElConsejo Interadministrativo de Servicios Sociales de Extremadura se regir谩 por las disposiciones reguladas en la Ley 14/2015, de 9 de abril , de Servicios Sociales de Extremadura y las establecidas en el presente decreto, as铆 como por las normas contenidas en su Reglamento interno de organizaci贸n y funcionamiento y por
Ley14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 14-04-2015 Tiempo de lectura: 18 min 脥ndice Texto Hist贸rico
Acci贸nSocial y Servicios Sociales. Valencia. Ley 5/1989, de 6 de junio, de Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana. La Rioja. Ley 2/1990, de 10 de mayo, de Servicios Sociales de la Comunidad Aut贸noma de La Rioja. Cantabria. Ley 5/1992, de 27 de mayo, de acci贸n social. SEGUNDAS LEYES Galicia. Ley 4/1993, de 23 de abril, de servicios
1 Las competencias en materia de servicios sociales corresponder谩n a la Administraci贸n de la Comunidad Aut贸noma de Galicia y a las corporaciones locales de Galicia, as铆 como, en su caso, a las dem谩s entidades p煤blicas previstas en el Estatuto de autonom铆a de Galicia o establecidas en la presente ley. 2.

脥ndiceDEC 2020. 2021. El 脥ndice DEC es el 煤nico estudio que trata de medir y evaluar el desarrollo de las estructuras y presupuestos de un Sistema, los Servicios Sociales que atienden las necesidades de m谩s de 8 millones de personas en Espa帽a. El 脥ndice DEC se aplic贸 por primera vez en 2012. 2020 ha sido un a帽o

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